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MATEO MATHAUS: THE WORLD NOW

CONSTITUCIÓN DE 1.812: Y ESPAÑA INVENTÓ EL TÉRMINO "LIBERALISMO"...

CONSTITUCIÓN DE 1.812: Y ESPAÑA INVENTÓ EL TÉRMINO "LIBERALISMO"...

 

¿Qué es el liberalismo?

La palabra «liberal» procede del latín liberalis, adjetivo de la tercera declinación que se aplica a la persona cumplidora, y a la generosa y desprendida, o también a la que se dedica a las artes liberales. Este primer significado se mantiene en derivaciones como «liberalidad», para referirse a acciones de dación gratuita de cosas o dinero. Tiene también una acepción peyorativa, para referirse a los despilfarradores o manirrotos. Pero su uso actual tiene que ver, más bien, con la raíz liber subyacente, que hace referencia a la idea de libertad. Con esta última la palabra «liberal» ha pasado a la consideración general para designar una teoría política: el liberalismo.

En esta acepción, la utilización de palabra «liberal» tiene un origen español inequívoco. Fue acuñada y empleada por vez primera, en ese sentido, por Agustín Argüelles en el Discurso Preliminar de la Constitución de 1812.

Por eso, antes que nada, se ha de indicar que el liberalismo, en su sentido más común, que es el que aquí empelaremos, es ante todo una filosofía de la libertad. Con más precisión, el liberalismo es una corriente de pensamiento filosófico, económico, y de acción política que propugna limitar el poder coactivo del Gobierno sobre los hombres y la sociedad, en beneficio del individuo.

El ideario liberal se articula en torno a la defensa de la libertad individual, como idea básica y concepto motor, que permite entender la creación de la riqueza y del logro del bienestar general, y que asegura a todos la posibilidad de que cada uno busque el camino de su propia felicidad. Sus planteamientos se concretan en siete rasgos distintivos:

  1. La defensa de la economía de mercado o de «libre empresa»;
  2. La libertad de comercio y, en general, la libre circulación de personas, capitales y bienes;
  3. La igualdad de todos ante la ley;
  4. La limitación del poder del Gobierno al mínimo necesario para defender adecuadamente el derecho a la vida y a la propiedad, y asegurar el cumplimiento de las promesas y contratos;
  5. La limitación y control del gasto público, el principio del presupuesto equilibrado y el mantenimiento de un nivel reducido de impuestos;
  6. El establecimiento de un sistema de separación de los poderes públicos (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) que evite la tiranía;
  7. La utilización de procedimientos democráticos para elegir a los gobernantes, sin que la democracia se utilice, en ningún caso, como coartada para justificar la violación del Estado de Derecho, ni la coacción contra las minorías.

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